Con el aumento del flagelo de la inseguridad en la Argentina se han instalado problemáticas que, en cierta medida, están asociadas como la informal actividad que realizan los "lavacoches" o "trapitos" en la vía pública. Se trata de una labor que desarrollan muchas personas cuando no cuentan posibilidades de inserción en el mercado laboral formal por causas distintas, que pueden ser generales como una crisis de la economía que impide crear nuevos puestos de trabajo o bien particulares, como por ejemplo cuando el lavacoche tiene un bajo nivel educativo y de formación que reduce drásticamente sus posibilidades de acceder a un empleo y de esa manera no le queda alternativa que cuidar o limpiar los autos en la calle. Pero la forma en que muchas personas que desarrollan estas prácticas balde y rejilla en mano pueden ser percibidas como intimidatorias por los conductores que se bajan de un auto y son abordados inmediatamente. Además, sobran los ejemplos de lavacoches que han protagonizado conflictos en las plazas o calles o directamente han delinquido. Todo recrea un escenario de falta de confianza en la que se sospecha de las personas que cumplen estas tareas y se teme por la seguridad de un auto o peor aún de las personas.
La cuestión no está reservada a Rafaela sino a todo el país. Cuando se viaja a la ciudad de Santa Fe y un conductor se detiene por un semáforo en rojo se encuentra sorpresivamente ante una persona que comienza, sin preguntar, a limpiar el parabrisas. En ese momento se produce, más allá de una perspectiva social ante la necesidad del lavacoche de gestionar una propina a cambio de su servicio, una situación intimidante en la que domina el temor.
En Rafaela, recientemente la Municipalidad firmó un decreto mediante el cual anticipa que con el tiempo va a prohibir la actividad de los lavacoches en la ciudad, que se estima superan los 70. En el "mientras tanto" creó un Registro con el que permitirá desarrollar estas labores en la vía pública aunque al mismo tiempo profundizará las políticas sociales para asistir y darle herramientas de capacitación laboral para favorecer su inserción. Si bien el debate en torno a esta problemática viene de hace años con la participación de funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal, de concejales y de representantes del Centro Comercial e Industrial, no se habían dado pasos concretos como el actual.
Por otra parte, a fines de noviembre en la ciudad de Corrientes se promulgó la Ordenanza Nº 6.667 que prohíbe la actividad de los cuidadores de vehículos en la costanera, llamados "trapitos". Los inspectores de tránsito realizan los controles y cuando es necesario convocan a la Policía. En cambio, en Río Negro ya a mediados de 2015 rige la ordenanza Nº 1.593 que prohíbe la actividad en la vía pública e incluso, mediante otra norma, se autoriza la remoción del vehículo cuando la limpieza con agua y detergente afecta al medio ambiente, la salubridad e higiene de la vía pública.
En abril de este año comenzó a regir en Mendoza capital la ordenanza que prohíbe el cuidado de autos a cambio de dinero con el objetivo de salvaguardar especialmente, los derechos que tienen los ciudadanos a transitar por la ciudad sin ser molestados o perturbados en su voluntad, la libre circulación de los mismos y de los vehículos.
Recientemente, la Legislatura porteña sancionó el nuevo Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires que, entre otras cosas, prohíbe la actividad de los "trapitos" y los "limpiavidrios". El proyecto fue aprobado tras un largo debate en la ultima sesión ordinaria del año, con 40 votos a favor y 20 en contra.
Las modificaciones se enmarcan en una serie de propuestas que apuntan a aumentar la autonomía de las mujeres en la Ciudad, para que puedan usar el espacio público en las mismas condiciones de seguridad que los hombres.
Con estos cambios queda totalmente prohibida la actividad de los cuidacoches y los limpiavidrios en la vía pública: hasta el momento esta tarea era considerada una infracción solamente si se comprobaba que había una "exigencia" de dinero por parte de la persona que ofrecía ese servicio.
El nuevo Código establece, además, una pena agravada cuando esta contravención se realiza en grupo o de forma organizada, condenando de 5 a 15 días de arresto a los integrantes de esa asociación "y se eleva al cuádruple para los jefes/as y/o coordinadores/as". Además, la Policía tiene la capacidad de coacción directa con este nuevo Código, que le permite a los agentes de seguridad detener a una persona si es sorprendida cometiendo una contravención dentro de las 72 horas después de haber sido advertida para que dejara de cometer esa infracción. Ahora habrá que esperar para ver como funciona la implementación en torno a una problemática que es de carácter nacional.