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Jueza ordenó suspender la ley de aborto en Chaco

BUENOS AIRES, 29 (NA). - La jueza de feria Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial número 19 de Resistencia, hizo ayer lugar a una medida cautelar y suspendió la aplicación de la ley de aborto en Chaco.

En la medida cautelar, los demandantes, encabezados por Hilda Beatriz Dellamea, entre otros referentes de Fasta (Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino), pidieron que se declare la inconstitucionalidad de la ley promulgada hace dos semanas por el presidente Alberto Fernández.

En su presentación, este grupo de personas, patrocinadas por el abogado Fernando Enrique Guirado, solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de la norma que entró en vigencia recientemente y argumentaron que el Art.15 Inc.1 de la Constitución Provincial garantiza el derecho "a la vida y a la libertad, desde la concepción" a todas las personas.

Y plantearon que como se trata de una competencia concurrente de la provincia con la Nación, debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana.

La iniciativa está dirigida, "contra el Gobierno de la Provincia del Chaco y/o el Ministerio de Salud Pública del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco y/o quien resulte responsable".

Además de hacer lugar a la presentación, la jueza Aucar de Trotti la giró a la Fiscalía de Estado de la provincia de Chaco para que de su opinión en el expediente.

En su fallo, la jueza Aucar de Trotti manifestó que "si bien pueda existir una presunción de validez ante la Ley que se cuestiona, de la simple lectura de las restantes normas antes mencionadas, también plenamente vigentes, requiere de un mayor análisis de la validez en su aplicación respecto de la primera, ante un conflicto de normas e intereses que deban ser protegidos y que prevalezcan sobre la misma".

La magistrada entendió que "la apariencia de buen derecho se manifiesta ante la simple lectura de las normas antes mencionadas", en referencia al texto constitucional de la provincia de Chaco, de la Constitución nacional, pactos internacionales y a la ley de protección integral de la niñez N° 26.061.

Se espera que luego intervenga la Cámara Civil y Comercial de Chaco, que deberá revisar tanto la cautelar como la decisión de la jueza, e incluso cabe la posibilidad de que el caso pueda terminar en la Corte Suprema de Justicia. Se trató de la primera medida cautelar en la que se le da lugar a un planteo de inconstitucionalidad de la ley de legalización del aborto, promulgada el 15 de enero por el presidente Alberto Fernández y en vigencia desde el 24 de enero.

La cautelar dictada por la jueza chaqueña contrastó con una medida adoptada hace diez días en Salta, en la que el juez federal Julio Leonardo Bavio rechazó hacer lugar a una medida para suspender la Ley IVE. El fallo de Bavio desestimó por "improcedente" el planteo de una cautelar presentada por un grupo personas "pro vida".

El escrito reclamaba que un fallo establezca claramente, frente a estas normas, que el "ser humano existe desde el momento de la concepción" y que el niño no nacido "tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado". El juez Bavio determinó que el pedido era "improcedente, en virtud de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Thomas' del 15/06/2010", a la vez que explicó que excede a su competencia suspender una norma sancionada por el Poder Legislativo.


FORMULARIO

Por otro lado, el Gobierno nacional habilitó en las últimas horas un formulario para que las mujeres que sufran impedimentos en la solicitud de medicamentos o de la práctica del aborto puedan realizar reclamos ante las autoridades, en el marco de la promulgación de la Ley Interrupción Voluntaria Embarazo.

"Si la farmacia, obra social o prepaga te negó o restringió el derecho a la interrupción del embarazo, completá este formulario de reclamo", informó el Ministerio de Desarrollo Productivo, a través del área de Defensa de los consumidores.

En ese marco, aclaró que todos los datos brindados "son confidenciales" y en el formulario la persona deberá dejar constancia de sus datos personales (nombre, apellido y fecha de nacimiento); DNI; domicilio; correo electrónico, número de teléfono móvil; nombre de la obra social o prepaga; y especificar el problema que tuvo.

Se puede acceder a ese formulario en https://www.argentina.gob.ar/produccion/defensadelconsumidor/ha cer-un-reclamo/practicas-de-salud/ive.


 

Autor: REDACCION

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