Policiales

Imputaron por femicidio a la pareja de la víctima de Humberto

A las 16.15 de la jornada de ayer, en una de las salas de la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de los tribunales penales rafaelinos, se realizó una audiencia imputativa a Cirilo Eduardo B. de 56 años, único detenido por el resonante caso de femicidio ocurrido en la localidad de Humberto Primo apenas comenzada la madrugada del miércoles, información que fuera ampliamente desarrollada por LA OPINIÓN.
La instancia procesal estuvo presidida por el juez de IPP, Javier Bottero, representando al Ministerio Público de la Acusación (MPA) el fiscal Martín Castellano, y ejerciendo la defensa técnica la Dra. Georgina Allassia del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal.
El acusado, que ahora quedó formalmente imputado del delito calificado como "homicidio doblemente agravado por el vínculo existente entre autor y víctima y por haber sido cometido por un hombre y mediare violencia de género -femicidio-", aunque tuvo la opción de hacerlo, se negó a declarar.
En tanto, ya quedó fijado el horario de la correspondiente audiencia de medidas cautelares, en el mismo lugar, hoy a las 11:00, cuando es prácticamente un hecho que el fiscal solicitará la prisión preventiva del imputado.

JORNADA
ATÍPICA
Cabe agregar que la de ayer fue una jornada atípica en las salas penales de primera instancia, ya que pasado el mediodía eran cuatro las audiencias programadas por distintos fiscales en distintos casos, que se estaban llevando a cabo prácticamente de manera simultánea (ver nota relacionada).
Aparte del femicidio que nos ocupa, el otro trámite procesal destacado y en curso era el relacionado al hecho conocido como "Violación en manada en Pilar", por lo que ante la presencia de un gran número de familiares y allegados a los diez imputados con prisión preventiva, la Policía debió montar importantes operativos de seguridad sobre esa cuadra de calle Alvear, la cual se cortó al tránsito y se pudo observar un cordón policial impidiendo el acceso al edificio judicial para quienes querían ingresar desde el extremo norte (ver fotografía).

FEMICIDIO:
HECHOS
El fiscal Castellano, en representación del MPA, le hizo conocer al imputado los hechos que se le atribuyen, su calificación jurídico penal, las pruebas fundantes de la intimación y los derechos que el Código le acuerda.
En cuanto a los hechos, dijo el Fiscal que, “se le atribuye al imputado, Cirilo B., que en fecha 26 de octubre, en horario ubicable algunos minutos después de las 00:00 horas aproximadamente- haber provocado dolosamente la muerte de su cónyuge Mariel Alejandra Zimmermann de 52 años, mediante un corte efectuado con un cuchillo en la zona de su cuello lado derecho, mientras ambos se hallaban en el interior del domicilio ubicado en la calle Güemes 176 de la localidad de Humberto Primo".
"En tal fecha y horario -continuó el fiscal- el imputado y la víctima se encontraban en la zona de la cocina comedor de la casa discutiendo de manera verbal, encontrándose también en la propiedad MB de 12 años de edad, hija de los nombrados y quien padece síndrome de down.
"En un momento determinado -prosiguió Castellano-, el imputado valiéndose de un cuchillo que presenta un largo total de 32 centímetros, con clara intención de provocar la muerte de su cónyuge y con pleno conocimiento de los medios adoptados para ello, utilizó dicho cuchillo para realizar un corte en el lateral derecho del cuello de la víctima".
Continuó: "La mujer, tuvo una muerte violenta a causa de la herida cortante que sufrió en el lateral derecho del cuello provocada por Cirilo B., comprometiendo esa herida la integridad de las venas yugulares externa e interna. Esta lesión provocó un shock hipovolémico severo que determinó su muerte".
"La situación de violencia extrema sufrida por la víctima, no se trató de un acto aislado, sino el corolario de distintos episodios de violencia de género previos desplegados por el imputado que implicaron un sometimiento y maltrato de su parte hacia su cónyuge y un permanente menoscabo a la dignidad de la víctima como mujer.
"El hecho que se le atribuye a Cirilo B. -remató el fiscal para despejar dudas- se dio en un claro contexto de violencia de género, evidenciando una desigualdad de poder entre las partes que encuadra dentro de lo normado por la Ley 26.485 de «Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres»”.

Autor: REDACCION

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