Editorial

Fondos de ANSES

La falta de competitividad es uno de los grandes problemas de la Argentina, que está tratando de ser solucionada desde el gobierno nacional, por lo cual se justifica el decreto del presidente Mauricio Macri de comienzos de este año, con el objetivo de "Desburocratización y simplificación", tal el título del mismo. Dicha norma, que tiene un amplísimo alcance, modifica más de 60 reglamentaciones existentes y además incluye la derogación de unas 20 leyes que tienen que ver con el SENAS, la administración de bienes del Estado, industria y seguros.

Es que de acuerdo con el Indice de Competitividad Global que realiza el Foro Económico Mundial, la Argentina ocupa el lugar 92 entre 137 países relevados, y aunque subió posiciones por segundo año consecutivo, queda muchísimo por hacer, al punto que de las nueve naciones sudamericanas que están dentro de la calificación, sólo estamos por sobre Ecuador, Paraguay y Venezuela, y detrás de Brasil, Chile, Uruguay, Colombia y Bolivia.

Es que para alcanzar el objetivo de mejoras sociales y económicas sustentables, es decir, sin subsidios ni distribución de planes de empleo que no son productivos, la única alternativa posible es justamente incrementar decididamente la productividad, para lo cual se necesitan inversiones, pero para facilitar las mismas se deben ofrecer las mejores condiciones de competitividad, tanto desburocratizando el sistema, pero también ofreciendo condiciones laborales razonables. La Argentina debe imperiosamente duplicar los niveles de productividad que registró en los últimos 50 años.

Otro punto de importancia es que gran parte de esa inversión indispensable que necesita el país, deberá provenir del ahorro interno, para de tal manera evitar el creciente y desmedido endeudamiento externo, que puede llegar a ser un obstáculo insalvable para cualquier proceso.

Para apuntalar todos estos objetivos los fondos del sistema previsional son fundamentales, ya que la manera en que se dispone de los mismos no sólo afecta a los actuales y futuros beneficiarios del sistema jubilatorio, sino también a toda la macroeconomía. Es que con el actual sistema los aportes son contabilizados como ingresos fiscales, sobredimensionando los recursos del Estado, mientras que el pago de las jubilaciones son considerados como gasto público.

Dos alternativas deben ser consideradas en los sistemas de reparto, la primera de ellas es que cuando las estructuras poblacionales son jóvenes, se logran situaciones fiscales favorables, pero a medida que envejecen la situación se va complicando. Más aún con lo que sucedió en la Argentina, con la incorporación de casi 3 millones de nuevos jubilados sin aportes, sin previsión ni respaldo sustentable en el tiempo, lo cual generó una situación en extremo delicada.

Es que en los regímenes de capitalización los aportes se depositan individualmente en cuentas del aportante, separadas de la contabilidad pública, siendo el beneficio al momento del retiro el que le corresponde, mientras que en cambio en el sistema de reparto, todos los recursos van a un solo fondo, del cual salen los pagos tanto para quien no realizó aportes suficientes como para aquellos que si lo hicieron e incluso con agregados. De allí se paga tanto el haber mínimo de un autónomo como el haber de 360.000 pesos de un ex miembro de la Corte Suprema, aunque también hay algunos pocos haberes superiores. 

Pero tal vez uno de los mayores inconvenientes con los recursos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, es que fueron y siguen siendo utilizados para diversos objetivos políticos, es decir incentivando el consumo, cuando en realidad deben ser destinados para la inversión con fines productivos. Vale recordar en estos últimos años, esos fondos se destinaron al pago de la asignación universal por hijo, a la compra de computadoras o fondos para viviendas -como sigue actualmente-, o bien préstamos para áreas del Estado o empresas que tuvieron dificultades financieras.

El decreto de Macri, citado al comienzo, en el artículo 154 autoriza a la ANSeS "a constituir o estructurar fideicomisos, financieros o no, alquilar o prestar títulos y acciones y, en general, a realizar toda otra operación propia de los mercados financieros y bursátiles permitidas por las autoridades regulatorias".

Autor: REDACCION

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