Suplemento Economía

El Municipio tiene nuevo sistema para reempadronar actividades económicas

La armonización tributaria tiene, entre otros objetivos, promover la eliminación de diferencias en diversos aspectos que tienen que ver con la administración tributaria. En este marco, y después de recibir desde reclamos hasta sugerencias tanto de contribuyentes como de profesionales en Ciencias Económicas que asesoran impositivamnete a estos, la Municipalidad de Rafaela ha encarado una serie de políticas tendientes al mejoramiento continuo en aspectos tales como: la atención a contribuyentes, el intercambio de información con otros organismos tributarios, la incorporación de nuevas tecnologías en la relación Fisco-contribuyente entre otros.

En este sentido, el Gobierno municipal decidió también impulsar, en los próximos años, acciones tendientes a crear y fomentar una cultura tributaria, ética y moral tributaria y ciudadanía fiscal.

Uno de los ejes de este tipo de políticas de mejoramiento fue la de adoptar un nuevo Nomenclador de Actividades para fines tributarios, obedeciendo a la necesidad de actualizar dicha herramienta ya que el Nomenclador actualmente vigente ha quedado desfasado con la realidad económica actual, trayendo diversos y numerosos problemas a los contribuyentes del Derecho de Registro e Inspección. Además se buscó la “uniformidad” con los registros de actividades económicas vigentes en la Administración Provincial de Impuestos y en la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Después de un minucioso análisis realizado por las reparticiones municipales que tienen que ver con el uso del Nomenclador de Actividades Económicas, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas tomó la decisión de adoptar el Código Unico de Actividades de Convenio Multilateral (CUACM), que es el actualmente utilizado por los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de todas las jurisdicciones provinciales;

Dentro de las políticas de mejoramiento continuo de atención a los contribuyentes e incorporación de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (NTICs) en la administración tributaria local y, como resultado del trabajo de profesionales y agentes municipales de las áreas de Finanzas (Ingresos Públicos) e Informática y Comunicaciones, se creó el Sistema Web de Registro de Actividades Económicas (gravadas y/o exentas).

Este sistema informático está “montado” en la plataforma web del Municipio local, a la cual se ingresa por la ventana de “e-trámites” con la clave fiscal que cada contribuyente y/o estudio contable posee.

Básicamente el mismo consiste en dos módulos. El primero, se refiere a un micrositio donde podrán modificar datos referentes a la identificación de los contribuyentes. Una vez ingresado, el sistema reflejará ciertos datos registrales como ser: CUIT, Nº de Ingresos Brutos, Apellido y Nombre o Razón Social, Domicilio Fiscal-Comercial, Telefóno, e-mail, Nº de catastro del local y, en caso de sociedades comerciales, los datos más relevantes de los socios que las conforman.

Cabe aclarar que estos datos fueron los declarados por los contribuyentes al momento de la inscripción o cuando hayan realizado alguna modificación de datos. Si los datos que refleja el sistema no son los correctos, el contribuyente podrá modificarlos sin que esto implique algún tipo de sanción pecuniaria. En cambio si los mismos son correctos se podrá ingresar al siguiente módulo llamado Reempadronamiento de Actividades. Este consiste en un reflejo de los datos referentes a las actividades económicas declaradas en los registros municipales. El sistema mostrará todas las actividades “declaradas” con el nomenclador municipal hasta hoy vigente. El contribuyente deberá seleccionar del Nomenclador CUACM (con el asistente en línea), las actividades por las que tributa el Derecho de Registro e Inspección, que deberían ser idénticas en cuanto al código a las declaradas en Ingresos Brutos. Además deberán declarar cual es la “actividad principal” y cuales son las secundarias (según sea cada caso en particular) y la fecha de inicio (en la jurisdicción Rafaela).

Una vez finalizada la nueva codificación de todas las actividades gravadas, no gravadas y/o exentas, el sistema proporcionará una Constancia donde quedará reflejado dicho reempadronamiento.


IMPORTANTE

El Sistema de Registro de Actividades Económicas gravadas (o exentas) en el Derecho de Registro e Inspección proporciona herramientas para dar de alta, modificar o eliminar actividades gravadas (o exentas) que tengan efectos tributarios al momento de presentar las declaraciones juradas (DD.JJ) mensuales. El mero empadronamiento a los efectos tributarios no implica modo alguno autorización y/o habilitación municipal para el desarrollo de la/s actividad/es declarada/s, por ende para ejercerlas deberá obtener la habilitación conforme lo indica la normativa municipal pertinente.

Una vez que la totalidad de los contribuyentes se hayan reempadronado, a partir del período fiscal inmediato posterior a la finalización, en las DD.JJ mensuales del DReI se mostrará/n la/s actividad/es con el nuevo nomenclador adoptado. En este sentido es importante dejar claro que los contribuyentes que no hayan adoptado el nuevo nomenclador, no podrán confeccionar las DD.JJ mensuales hasta tanto hayan cumplimentado con dicho trámite.

Para los nuevos contribuyentes, quedará disponible el CUACM al momento de darse de alta o para realizar algún tipo de modificación.

Por último se incorporó también dentro del sitio web “e-trámites”, dentro del aplicativo mismo, la Constancia de Inscripción en el Derecho de Registro e Inspección, herramienta que mostrará los datos registrales de los contribuyentes del citado derecho. Vale aclarar que la Constancia de Inscripción Tributaria no es el Certificado de Habilitación Municipal sino que sólo mostrará la situación registral tributaria de los contribuyentes.

Autor: Redacción

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