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El desafío ambiental


Por Graciela Maubé de Grisolía (*)


En este tiempo tan especial y relevante para todos aquellos que estamos en la defensa de la ecología y la calidad de vida, ya que transitamos el mes Mundial del Medio Ambiente, cuyo día central fue conmemorado el 5 de junio. Declarado por la ONU (Organización de las Naciones Unidas) en diciembre de 1972, este día y este mes representan uno de los principales vehículos que esta organización utiliza para fomentar en el mundo la sensibilización con respecto a los problemas ambientales. Además, promueve en los gobiernos acciones políticas que lleven a considerar y solucionar estos problemas.

Básicamente, debemos tener en cuenta que el hombre vive en un medio ambiente natural del cual proviene (la biósfera), el mismo que le sirve de base de vida y desarrollo. Se puede decir entonces que el hombre está inserto y se sustenta en un medio que lo condiciona y al cual, a su vez, modifica con su acción antropogénica.

El ser humano, que es parte de la naturaleza, debe vivir en armonía con ella. Esto significa que las actividades humanas deben desenvolverse de tal manera que sean compatibles con el mantenimiento y el mejoramiento del entorno ecológico que lo sustenta y condiciona.

Los componentes esenciales del medio ambiente son: el agua, el aire, la tierra y los seres vivos, los cuales se hallan en estrecha relación, proporcionando a la Biósfera el equilibrio necesario para que las distintas formas de vida se desarrollen y perpetúen.

Sabemos que la alteración de tales componentes perjudica dicho equilibrio ecológico, ocasionando graves daños a cualquier forma de vida y, por ende, deteriorando la calidad de vida humana.

No se puede negar a esta altura de los acontecimientos que muchas alteraciones se han venido produciendo en mayor o menor medida en el medio durante las últimas décadas, debido a la aplicación de políticas culturales, sociales y económicas, que responden a un sistema social que no tiene en cuenta el “impacto medioambiental” producido. Determinadas formas abusivas de explotación de los recursos naturales, la utilización de una inmensa variedad de sustancias tóxicas, actividades industriales con tecnologías y procesos no compatibles con el ambiente, la preferencia por energías “no limpias” y la extinción masiva de especies son, entre otros, ejemplos de actividades humanas que van degradando salvajemente el entorno natural.

El hombre, va sustituyendo el medio ambiente natural por uno artificial, creando su propio ecosistema, perjudicando a terceros y deteriorando la naturaleza, cuya reparación es muy difícil y costosa. Con este accionar compromete no sólo la existencia de otros grupos humanos y de otras especies animales y vegetales, sino también la supervivencia de las generaciones venideras.

Entonces se puede decir que la integridad del medio ambiente se ve afectada y alterada por una doble vía: la acción del hombre por un lado y la de la propia naturaleza por otro; ambos no son factores independientes, sino absolutamente interdependientes. Es decir que las consecuencias de la actividad antrópica sobre el entorno se manifiestan en forma inmediata y mediata negativamente sobre las comunidades humanas.

Puesto que la naturaleza incluye a los seres humanos, la ecología social considera que la ciencia debe examinar el papel que la humanidad juega en el mundo natural. Para esto no puede evadirse del análisis de "la forma, la estructura y el contenido de las relaciones humanas con el mundo natural”.

La institucionalización de la protección ambiental en su sentido ecológico tiene como punto de partida la conferencia de Estocolmo del año 1972, convocada por Naciones Unidas. El principio Nº 1 de su Declaración enuncia que: “El hombre tiene un derecho fundamental a la libertad, a la igualdad, y a condiciones de vida satisfactorias en un ambiente cuya calidad de vida le permite vivir con dignidad y bienestar, y tiene el deber solemne de proteger y mejorar el medio ambiente de las generaciones presentes y futuras”. 

A partir de los trabajos de la Conferencia de Estocolmo, muchos estados en el mundo, han introducido en sus constituciones, cláusulas que reconocen la existencia de un Derecho al Medioambiente. Esto implica, como lo establece el art. 41 de nuestra Constitución Nacional, gozar del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes, sin comprometer la de generaciones futuras; y, además, el deber absoluto de preservarlo.

Verdugos y víctimas, por nuestra relación con la naturaleza y por la forma de manipular los ecosistemas, vamos teniendo conciencia de que una explotación ilimitada y un crecimiento económico ilimitado y desigual, son imposibles en un mundo cada vez más limitado.



(*) Ecologista. Profesora y Licenciada en Ciencias Naturales de la Universidad Católica de Rosario.


Autor: Graciela Maubé de Grisolía (*)

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