En informe de prensa difundido ayer la Municipalidad de Sunchales recuerda que el DNU N° 297/20 establece que quienes se encuentren cumpliendo el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos (art. 2°).
En tal sentido, se informa que aquellos automotores o motocicletas que circulen por la ciudad en supuestos que NO estén considerados como excepción del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, serán objeto de inmediata retención por parte de la autoridad policial y/o la autoridad de control Municipal.
De igual manera se procederá -retención de vehículo o motocicleta- en aquellos supuestos que no obstante ser considerados como excepción del aislamiento, se lleven adelante con una modalidad o bajo determinadas circunstancias, que resulten violatoria de la finalidad de la excepción de circular (A modo de ejemplo y sin limitarse a ellos: dos (2) o más personas en un mismo medio de transporte, desplazamiento a un comercio que no sea de proximidad, continuos desplazamientos a comercios de proximidad).