Suplemento Jubilados

Designar apoderado para jubilados y pensionados

FOTO ANSES JUBILADOS. Con un apoderado se facilita el cobro de haberes cuando el beneficiario tiene una movilidad reducida.

Si un jubilado tiene dificultades para desplazarse puede tener un apoderado (familiar, abogado, gestor, tutor, cónsul o representante diplomático) para que se encargue de realizar sus trámites ante ANSES y cobrar sus haberes, en este último caso, también es posible designar un banco).
Esta alternativa está dirigida a jubilados y pensionados que no están en condiciones de realizar sus trámites ante ANSES o percibir sus haberes, por dificultades para deambular o por residir fuera del país y a sus apoderados. 
¿Qué se necesita? El apoderado elegido debe ser mayor de 18 años. Si es menor, debe estar emancipado. El apoderado debe registrarse en el sistema de identificación biométrica Mi Huella. Además, se debe presentar DNI del titular y apoderado (original y copia).
Para cónyuges, presentar el acta/certificado de matrimonio en original y copia. Para familiares u otros parientes, documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI) o información sumaria judicial. Para bancos, el Formulario PS 6.4 - Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria. Para tutor, la sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como representante legal. Para curador, la sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como curador y en la que se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones. Y finalmente, para abogados, la credencial vigente, Formulario PS 6.4 - Carta Poder, Formulario PS 6.300 - Carta Poder Régimen Ley Nº 26.970 (moratoria previsional) o Formulario PS 6.304 - Carta Poder Régimen Ley N° 24.476.

31 DE DICIEMBRE
En tanto, ANSES informó que el próximo 31 de diciembre es la fecha límite para que los apoderados de jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y de titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) registren su huella dactilar en la entidad bancaria donde perciben los haberes. En la actualidad, ya se encuentran registrados bajo esta modalidad 1.617.394 apoderados.
A aquellos que no realicen el trámite antes de esa fecha se les suspenderá el poder para cobrar, que podrá renovarse una vez que se cumpla con lo dispuesto por la presente resolución.
El sistema Mi Huella, implementado por ANSES, permite reconocer la identidad de las personas a través de la digitalización de las huellas dactilares para facilitar la realización de trámites. De esta manera, el organismo lleva adelante mayores controles y reduce la posibilidad de que se efectúen pagos indebidos de las prestaciones.
El trámite de poder por primera vez debe hacerse en cualquier delegación de ANSES, previa solicitud de turno al teléfono 130 (gratuito desde teléfonos fijos), o bien, desde www.anses.gob.ar, sección Accesos Rápidos, Turnos, Mi Huella, Mi Huella - Enrolamiento. La documentación a presentar el día del turno es el DNI del jubilado o pensionado y el de su apoderado.
En el caso de los apoderados que ya están percibiendo los haberes como representantes, el enrolamiento es en la entidad bancaria correspondiente. Si dicha entidad no posee el lector, la persona deberá acercarse a una oficina de ANSES.

Autor: REDACCION

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