Editorial

Defensoría logró que obra social pagara un implante

Una extensa gestión de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe logró que Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación intimara a una obra social para que cubriera un implante osteointegrado sistema Baha para una niña que padece Síndrome de Treacher Collins Bilateral (que le acarrea trastornos del habla y del lenguaje). De esta manera, sentó un precedente para otras obras sociales, que se rehúsan a costear este tipo de cirugías.
La intervención de la Defensoría del Pueblo comenzó el 2 de marzo pasado, cuando se acercó a la institución una persona denunciando ante el área de Discapacidad que la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) se negaba a cubrir la prestación. Ante esto, personal de la Defensoría del Pueblo formalizó el reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud, tras lo cual el Defensor del Beneficiario de ese organismo informó que se había comunicado con OSECAC y había obtenido una respuesta negativa. En esa ocasión, la repartición oficial señaló que la respuesta había sido que "tratándose de un implante osteointegrado sistema Baha, no será cubierto por no estar previsto en el PMO (Programa Médico Obligatorio) ni contar con reintegro a través del APE (Administración de Programas Especiales)", y agregó que, "habida cuenta del resultado negativo" y en "atención a lo normado por la ley 22.431, se remiten las actuaciones a la Gerencia de Control Prestacional para que se expida al respecto".
Luego de reiterados llamados a la Superintendencia, donde respondían que aún estaban analizando el caso, el personal de la Defensoría del Pueblo decidió contactarse, el 1º de junio, directamente con OSECAC, haciéndolo con la médica auditora correspondiente a la problemática planteada. Esta explica lo costoso del tratamiento y dudas sobre el resultado del mismo, por lo que propone una evaluación a la niña en la ciudad de Buenos Aires, requiriendo para esto la intervención de la Defensoría del Pueblo. Tras la aceptación de la familia, la evaluación se concretó a mediados de julio. Y la respuesta llegó por correo electrónico a fin de ese mes. "En relación a su pregunta sobre cobertura por implante Baha le informo que no es de cobertura por parte de la obra social dado que no está incluido en el PMO. Por otra parte cabe señalar que el insumo no está incluido en la Res APE 500/04", señalaba el e-mail, que ratificaba las respuestas recibidas anteriormente.
Ante esta situación, la Defensoría del Pueblo provincial le solicitó autorización a los padres de la niña para revelar los datos de su hija para formar una denuncia formal ante Superintendencia. Luego se reunieron todas los informes y antecedentes y, también, se insistió ante OSECAC, que propuso una alternativa a Baha, rechazada por la familia porque ya había sido probada y no había funcionado.
Finalmente, el 28 de octubre pasado, la Superintendencia de Servicios de Salud comunicó su Resolución Nº 1192/10, en la que resuelve: "Intímase a la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (RNOS 1-2620-5) a fin de que en el término de diez días proceda a brindar la cobertura de un implante coclear que requiere la menor ".

Autor: Redacción

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