Editorial

Defender a los vulnerables

Después de un proceso de varios meses, la ordenanza 5048 sobre el "Sistema de protección integral de los derechos de la mujer y el niño por nacer", más conocida como "provida", fue promulgada en su totalidad por el intendente Luis Castellano y el jefe de Gabinete Marcos Corach, y publicada en el boletín oficial de la web municipal.

Se trata del proyecto de iniciativa popular (el primero de su tipo en nuestra ciudad) presentado por "Rafaelinos por la vida" públicamente el 9 de mayo de 2018, acompañado por 2334 firmas, recordando que Rafaela fue declarada ciudad provida y profamilia en 2015 por el Concejo Municipal.

En cuanto al contenido de la norma aprobada en la polémica sesión extraordinaria del 19 de diciembre en una votación muy pareja con 6 votos a favor de Mársico, Menossi, Bonafede, Visintini y Bonino, quien utilizó el doble voto establecido en el reglamento interno del cuerpo legislativo, y 5 votos en contra de Viotti, Muriel, Sagardoy, Garrappa y Pascual, "se garantiza la protección integral de los derechos que el ordenamiento jurídico nacional, establecido en el artículo 75 inciso 22 y 23 de la Constitución Nacional, reconoce a las mujeres embarazadas en estado de vulnerabilidad y a los niños por nacer que se encuentren en jurisdicción del Municipio".

En esa oportunidad, la sala de sesiones estuvo repleta de público entre quienes estuvieron a favor y en contra. Los integrantes del colectivo feminista se mostraron una vez más intolerantes con gritos agraviantes y cánticos ofensivos, más parecidos a una cancha de fútbol que a un debate político, a tal punto que explotaron de furia cuando se conoció el resultado de la votación en general, pasando a cuarto intermedio porque no se podía continuar la votación en particular. En los últimos días anunciaron que recurrirán a la Justicia por considerar que es inconstitucional.

Por embarazo de la mujer en situación de vulnerabilidad se entiende cuando se vea perjudicada la salud de la madre, requiriéndose cuidados especiales; cuando el embarazo sea producto de una violación; cuando las circunstancias económicas, culturales y familiares hagan dificultoso para la mujer llevar el embarazo adelante; cuando la mujer presente dudas sobre su deseo de no continuar con el embarazo; cuando la madre posea una discapacidad.

Sobre este último punto, el fiscal municipal Daniel Galoppo expresó a LA OPINION que "no hay motivos para el veto total ni parcial", para agregar que "esta ordenanza sancionada no va en contra de una ley nacional sino que al contrario apoya a la normativa superior vigente. Acá no están en juego los abortos no punibles, recordando que la provincia de Santa Fe adhirió al protocolo nacional".

Se deberá crear el "Centro de atención a la mujer embarazada y al niño por nacer", cuya dependencia se determinará a través de la reglamentación del Departamento Ejecutivo Municipal (en un plazo de 90 días a partir de su sanción), brindando la asistencia a las mujeres y los niños por nacer en situación de vulnerabilidad, en base a los recursos y con los alcances que prevén las normas que reglamentan su funcionamiento.

El Centro tenderá a garantizar las siguientes acciones: elaborar un protocolo de actuación de nivel local para la atención de casos en que estén en riesgo los derechos de las mujeres embarazadas y los niños por nacer, que garantice la confidencialidad y la puesta a disposición de aquellos que acuden solicitando ayuda de toda la información legal y científica disponible, sin ningún tipo de sesgamiento ideológico, político, o religioso, y la liberad de la mujer en base a las previsiones vigentes en nuestro país, evitando cualquier intromisión indebida; articular estrategias y/o políticas públicas con organismos estatales provinciales y nacionales, y con otras dependencias de la Municipalidad, para la protección y el cuidado de las mujeres embarazadas y los niños por nacer, garantizando el respeto que las normas reconocen a todos los sujetos involucrados en la problemática; promover programas y acciones de prevención que tiendan a proteger en forma íntegra todos los derechos de la mujer embarazada y el niño por nacer; auspiciar la formación constante para garantizar los derechos de las mujeres embarazas y los niños por nacer.

Llamativamente, hubo una campaña nacional del colectivo de "pañuelos verdes", potenciado por algunos medios de comunicación, calificando a Rafaela como ciudad antiderechos y con desconocimiento del contenido y el espíritu de la ordenanza a favor de la mujer embarazada vulnerable y el niño por nacer. Más allá de las miradas ideológicas, la vida debe ser preservada desde su concepción, como lo establece la Constitución Nacional a través de los tratados internacionales incorporados en la reforma de 1994, hasta la muerte natural.

Autor: REDACCION

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web