Un hombre de 44 años identificado como Ariel Alberto Martínez Aguirre fue condenado en las últimas horas a 24 años de prisión como autor del homicidio del policía Leandro Delgado cometido en 2015 en jurisdicción de la localidad de Miguel Torres (departamento General López). Así lo dispuso el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Lorena Garini, Benjamín Révori y Adrián Godoy en el marco de un juicio oral y público que finalizó en los tribunales de la ciudad de Venado Tuerto. En el mismo juicio, los magistrados también resolvieron condenar al comisario Sergio Luis David a la pena de 16 años de prisión por ser autor de los delitos de falsificación ideológica de instrumento público agravada; sustracción de medios de prueba agravada; hurtos agravados reiterados (dos hechos); sustracción de medios de prueba agravada; hurto agravado; tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal reiteradas; acopio de municiones; abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
El tribunal también ordenó la inhabilitación absoluta de Martínez Aguirre por 24 años. En tanto, a David le impuso una inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos.
El fiscal que investigó los hechos es Matías Merlo, quien había solicitado la pena de prisión perpetua para los dos acusados. “Si bien desde la Fiscalía habíamos atribuido otros delitos a los acusados y solicitamos otro monto de penas, entendemos que son condenas elevadas”, destacó Merlo. “No obstante, aguardaremos los fundamentos del fallo para analizar los motivos por los cuales los jueces resolvieron de esta manera, y luego estudiaremos la posibilidad de apelar”, agregó. El homicidio de Delgado fue cometido entre las 5:00 y las 5:30 del viernes 23 de octubre de 2015 en inmediaciones del kilómetro 90,5 de la ruta provincial número 14. “Fue atacado dentro del móvil policial en el que cumplía funciones. Martínez Aguirre junto a un número indeterminado de personas lo agredieron con armas blancas y le produjeron heridas en distintas partes del cuerpo. También le dispararon una vez con un arma de fuego y lo hirieron en uno de sus brazos”, precisó el fiscal. “De acuerdo a la autopsia realizada a la víctima, la causa de la muerte fue una herida cortante que le produjeron en el cuello”, agregó. “En relación al comisario David, desde la Fiscalía lo acusamos como instigador del homicidio de Delgado. Sin embargo, los jueces no entendieron lo mismo y lo absolvieron por este delito”, informó Merlo. “No obstante, le atribuimos otros 18 hechos más, y por eso el tribunal lo condenó a 16 años de prisión”, agregó.
EN SANTO TOME
En tanto, tres policías del Comando Radioeléctrico de Santo Tomé fueron condenados en el marco de un juicio oral y público que se llevó a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. Los condenados son Rubén Darío Bustos de 34 años, Rodrigo Federico Salva de 36 y Clara Rocío Eva Camero de 31. El juez que resolvió las condenas de los tres policías es Sergio Carraro. Por su parte, la fiscal Milagros Parodi tuvo a su cargo la investigación de los hechos, y en el debate oral y público estuvo acompañada por el fiscal Ezequiel Hernández. Bustos fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional como autor penalmente responsable de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Por su parte, a Salva y a Camero se les impusieron penas de dos años y seis meses de prisión a cada uno, como autores penalmente responsables de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público, encubrimiento agravado(por favorecimiento personal y por omisión de denuncia en ocasión de sus funciones) e incumplimiento de los deberes de funcionario público. En su sentencia, el juez Carraro resolvió absolver a Bustos como autor de lesiones graves culposas, delito que también le había atribuido la Fiscalía. Además, para los tres condenados ordenó la inhabilitación absoluta para ocupar cargos públicos por el tiempo de sus respectivas condenas y les impuso normas de conducta.
Acerca de sentencia dictada por el magistrado, Parodi señaló que “desde la Fiscalía habíamos solicitado la aplicación de una pena de cinco años de prisión más inhabilitación para Bustos y de cuatro años para Salva y Camero. El delito de lesiones graves culposas atribuido a Bustos no fue acogido por el fallo, por lo que aguardaremos los fundamentos del juez para evaluar los pasos a seguir”. Sin embargo, la funcionaria del MPA remarcó que “estamos conformes.Entendemos que la resolución del juez es un mensaje para toda la sociedad acerca de la importancia que tiene que la policía se desempeñe correctamente en sus funciones”.
Los ilícitos investigados fueron cometidos el domingo 13 de abril de 2014 minutos antes de la 1 de la madrugada en inmediaciones de calle Maipú al 2700 de Santo Tomé. "A ése lugar llegaron los condenados a raíz de un llamado efectuado a la Central de Emergencias 911”, sostuvo la fiscal Parodi. Asimismo agregó que “una de las víctimas había solicitado la presencia de personal policial femenino para que realizaran el chequeo de su hermana, momento en el cual Bustos le disparó accidentalmente con una escopeta y le provocó una lesión grave en su muslo izquierdo”.
La funcionaria del MPA también explicó que "ninguno de los tres condenados realizó la denuncia pertinente. Se retiraron del lugar sin brindar ayuda a la persona herida y una hora después informaron una versión falsa de lo sucedido, argumentando que la víctima había intentado darle un puntazo a Bustos con un cuchillo y que el condenado se defendió con un disparo". Parodi concluyó que "los policías hicieron entrega del cuchillo al personal policial de turno en el servicio del Comando Radioeléctrico, manifestando falsamente que había sido secuestrado del lugar del hecho. También omitieron mencionar en el acta que había una persona herida”.