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Comenzará a las 8 la veda electoral

Este próximo domingo 22 de octubre será la elección general donde se votará presidente, senadores, diputados y representantes del Parlasur. De acuerdo al Código Nacional Electoral, 40 horas antes de la votación comienza la veda electoral, este decir, este viernes 20 a las 8 de la mañana. Esta medida tiene el espíritu de dar un periodo de tiempo en el que el votante pueda reflexionar sobre las propuestas de los proyectos políticos.
Entre las restricciones específicas durante el período de veda electoral, se destaca la prohibición de la venta de alcohol durante un período determinado. 
Según lo estipulado en el Código Nacional Electoral, está terminantemente prohibida la venta de bebidas alcohólicas desde las 20:00 horas del sábado 21 de octubre hasta las 21:00 horas del domingo 22 de octubre. Esta restricción tiene como objetivo principal mantener un entorno pacífico y ordenado en el entorno de los centros de votación, así como en toda la comunidad durante el proceso electoral.
La medida busca salvaguardar la integridad y la tranquilidad de la jornada electoral, evitando situaciones que puedan alterar el normal desarrollo de los comicios y garantizando un ambiente propicio para el ejercicio democrático de los ciudadanos. La restricción incluye a comercios, bares, restaurantes y cualquier otro establecimiento que habitualmente vende bebidas alcohólicas, en un esfuerzo conjunto por preservar la serenidad y el respeto durante este momento clave para la nación.
Las autoridades electorales y las fuerzas de seguridad estarán atentas al cumplimiento estricto de esta regulación, con el propósito de asegurar que el proceso de votación se lleve a cabo sin interferencias ni incidentes que puedan comprometer la transparencia y legitimidad de los resultados. La colaboración y el cumplimiento de las normas por parte de los ciudadanos son fundamentales para garantizar unas elecciones libres y justas en Argentina.

MÁS PROHIBICIONES
Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista.
Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
Está prohibido vender bebidas alcohólicas durante la veda electoral.
A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.
La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.
Asimismo, no se podrá instalarán mesas receptoras a menos de ochenta (80) metros de la sede en que se encuentre el domicilio de los Partidos Políticos reconocidos.
También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos. (NA)

Autor: REDACCION

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