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Alquileres: media sanción a una reforma de la ley

Luego de fracasar en el intento de derogar la normativa vigente, Juntos por el Cambio logró al menos media sanción en Diputados a una reforma de la Ley de Alquileres, que apunta a que el plazo de duración de los contratos vuelva a ser de dos años y la actualización de los precios sea cada cuatro meses.
Con 125 votos a favor, 112 en contra y tres abstenciones, la principal coalición opositora consiguió impulsar la iniciativa con el apoyo de los diputados de Córdoba Federal, de Identidad Bonaerense, del interbloque Provincias Unidas y del bloque SER.
El Frente de Todos, el Frente de izquierda y también La Libertad Avanza votaron en contra. En el caso del bloque liderado por Javier Milei se debió a que está decididamente en contra de cualquier tipo de regulación del mercado de alquileres inmobiliarios.
Los diputados del socialismo santafesino, Enrique Estévez y Mónica Fein se abstuvieron, mientras que el interbloque Federal se dividió. La iniciativa que rige actualmente -sancionada en 2020, con contratos de tres años e indexación anual en base a indicadores fijos que combinan IPC y RIPTE- no dio los resultados esperados al calor de la inflación descontrolada y los cambios en el mercado inmobiliario, con un retiro incesante de unidades en alquiler tradicional producto del auge de los alquileres temporarios en plataformas extranjera y la retracción de la oferta a razón de otras formas de especulación inmobiliaria.
La reforma de la Ley de Alquileres era un asunto largamente postergado a raíz de las posiciones irreconciliables entre el Frente de Todos y la oposición: las reuniones informativas de la comisión de Legislación General habían comenzado en abril del 2022 y los dictámenes estaban listos desde julio del mismo año. .
El escenario para Juntos por el Cambio en la antesala era desafiante y complejo, dado que el quórum estuvo en duda hasta último momento. Sin embargo, logró superar ese primer escollo con lo justo, al conseguir que 129 diputados de distintos bloques opositores se sentaran en sus bancas.
Pese a tener un dictamen propio desde el año pasado, la apuesta inicial que acordó Juntos por el Cambio era ir por la derogación de la mal llamada "Ley Lipovetzky", pero se trataba de una misión imposible dado que al no tener dictamen para dicha iniciativa, se requerían las dos terceras partes de las voluntades para habilitar sobre tablas el tratamiento: fueron 124 votos a favor y 110 votaron en contra. 
Luego de este paso el falso, se pasó a votar el dictamen de mayoría del Frente de Todos, que fue previsiblemente rechazado. El oficialismo proponía sostener los pilares centrales de la actual ley con los tres años de duración de los contratos y la actualización anual de los precios en base a indicadores fijos como el IPC y el RIPTE. 
La única novedad es que incorporaba una serie de incentivos fiscales para los propietarios, de modo tal de estimular la oferta de inmuebles en alquiler y paliar el fenómeno que se viene dando aceleradamente de retiro de viviendas del mercado.
El dictamen de minoría impulsado por Juntos por el Cambio que terminó con la media sanción es bastante más laxo en las condiciones contractuales, fijando dos años de plazo e indexación en base a indicadores que acuerden libremente las partes. 
"Legislar es proteger al más débil y eso es lo que tenemos que hacer", expresó el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, criticando el dictamen de minoría por dejar el precio del alquiler al libre arbitrio de las partes, donde habitualmente se impone el más fuerte en la relación contractual.

LOS PUNTOS CLAVE
DEL PROYECTO 
La media sanción de Diputados, se basa en los siguientes lineamientos:
- Duración de los contratos: dos años
- Periodicidad para la actualización de precios: cuatrimestral.  "En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses".
- Mecanismo de actualización: libre, a acordar entre las partes. "Para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden".
- Incentivos fiscales para promover la oferta de inmuebles en alquiler:
.Reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan hasta tres unidades de explotación, "en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados" se considere como "una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma".
.Se exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler.
.Se modifica el impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados". (NA)

Autor: REDACCION

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